Requisitos de los trabajadores
• Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33%, pensionistas de la Seguridad social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio.
• Desempleados inscritos en la oficina de empleo.
• El trabajador no debe haber estado vinculado a la empresa, en los 24 meses anteriores a la contratación mediante un contrato de tiempo indefinido.
Requisitos de la empresa
• No podrán contratar temporalmente personas con discapacidad las empresas que, en los 12 meses anteriores a la contratación, hayan extinguido contratos indefinidos por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo.
• El periodo de exclusión se contara a partir del reconocimiento o declaración de improcedencia del despido o de la extinción derivada del despido colectivo.
Formalización, duración y jornada
• El contrato se realizara:
a). Por escrito, en modelo oficial y se comunicara en los 10 días siguientes a su celebración al servicio publico de empleo.
b). Duración entre 12 meses y 3 años.
c). Prórrogas no inferiores a 12 meses.
• El contrato se podrá celebrar a jornada completa o parcial.
Incentivos
Si el contrato se celebra a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones:
• Trabajadores discapacitados sin discapacidad severa:
Hombres Mujeres
Menores de 45 años 3500 euros/año 4100 euros/año
Mayores de 45 años 4100 euros/año 4700 euros/año
• Trabajadores discapacitados con discapacidad severa:
Hombres Mujeres
Menores de 45 años 4100 euros/año 4700 euros/año
Mayores de 45 años 4700 euros/año 5300 euros/año
• A la terminación del contrato, el trabajador tendrá derecho a una indemnización de 12 días de salario por año de servicio.